TÉRMINOS Y CONDICIONES LICENCIA DE USO SOLUCIONES Y SERVICIOS
Entre:
“LA EMPRESA”: A.R. Multiservices Int. SRL, organizada de acuerdo a las leyes de a República Dominicana, registrada con el RNC 132794745, con el registro mercantil No. 189826SD, debidamente representada por José Aníbal Rondón Rosario, Dominicano, Mayor De Edad, Provisto de la cedula de identidad y electoral 225 0021360 2, Soltero, quien reside en el domicilio social de la Av. Jacobo Majluta Azar, Rooftop H501 del Residencial Palcos De Marañón, del municipio santo Domingo Norte, provincia Santo Domingo, República Dominicana, quien en lo adelante se denominará como “La Empresa”,
Y:
“EL CLIENTE”: , sociedad/comerciante individual con domicilio en UBICACIÓN Y DIRECCION D”EL CLIENTE”E SA , se identificada con RNC / Cedula , quien reconoce que el correo electrónico
y el número telefónico respectivamente son las vías de comunicación oficial, validos como acuse de recibo totalmente aceptados por quien en lo adelante se denominara como “El Cliente”,
ACUERDAN LO SIGUIENTE:
Preámbulo de Definiciones:
Ley 126-02: Se refiere a la Ley No. 126-02, sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales la cual establece cómo se pueden efectuar operaciones y comunicaciones comerciales a través de herramientas electrónicas, como los mensajes de datos y uso de los documentos digitales, garantizando su legitimidad y valor jurídico.
Documento digital: Toda aquella información codificada en forma digital sobre un soporte lógico o físico, en la cual se usen métodos electrónicos, fotolitográficos, ópticos o similares que se constituyen en representación de actos, hechos o datos jurídicamente relevantes de acuerdo al artículo 2 de la Ley 126-02 que lo convierte en documento legal acorde a las leyes de la Republica Dominicana.
Firma digital: Valor numérico adherido al documento digital, equivalente a la cédula o al RNC de “El Cliente”, generado mediante un procedimiento matemático conocido (como el algoritmo de Luhn para la cédula o la estructura del RNC), vinculado de forma única y verificable al usuario y clave asignados exclusivamente a “El Cliente”, y con lo anterior pasando por un procedimiento de seguridad en la plataforma “AR Legal” provista por “La Empresa”, quien es el iniciador del contenido del mensaje de dato. Esta firma garantiza la integridad, autenticidad, inalterabilidad del mensaje y cumple con los atributos de una firma digital segura conforme a los artículos 31 y 32 de la Ley 126-02 y los principios internacionales de legalidad y trazabilidad digital.
La Empresa: A.R. Multiservices Int. SRL, junto con sus aliados comerciales estratégicos nacionales e internacionales y las marcas representadas de los mismos, con la capacidad legalmente expresada y que por tanto permiten proveer soluciones en materia de tecnología de la información, impositiva y legal relacionado a lo anterior, quien realiza la función de iniciador acorde al artículo 2 ley 126-02.
El Cliente: Persona física o jurídica con la función de receptor acorde al artículo 2 ley 126-02, y que solicita a “La Empresa” en virtud del presente documento legal para la provisión de todo aquello descrito en la “Propuesta”.
Propuesta: Se define de esta manera al documento digital acorde a la ley 126-02 o conjunto de los mismos generados por “La Empresa”, los cuales contienen las especificaciones técnicas, condiciones económicas y alcance de lo ofrecido a “El Cliente” y previamente aceptados por este.
Lo Contratado: Se define como el documento legal de la aceptación de todo aquello que forma parte de la “Propuesta” y que se reafirma de manera total y legalmente vinculante tras la firma digital del presente Contrato sobre licencia uso de módulos y servicios acorde a Ley No.126-02.
AR Legal: Se define como la plataforma tecnológica y medio digital seguro, provisto por “La Empresa” sin costo alguno en función de Sistema de información que transporta y maneja los mensajes de datos con el uso de certificados SSL de seguridad robustos que hacen uso de algoritmos de encriptación SHA-256 asegurando seguridad punto a punto (P2P) mediante protocolo https en todo el proceso del Intercambio electrónico de datos requerido y acorde a la de la ley 126-02, y también dotada con la capacidad técnica de generación de código QR (Quick Reply) para la validación de documentos digitales en tiempo real.
Considerando que:
1. “La Empresa” de conformidad con las disposiciones en el Capítulo 3, literales C y D del Decreto No. 293-11, Reglamento para la Aplicación del Título 3 del Código Tributario de la República Dominicana, referido al ITBIS. A su vez señalados en los artículos 336, 337, 338 y 339 del Código Tributario de la República Dominicana, el cual da potestad de ofrecer las licencias que por su naturaleza están exentas del ITBIS, al tratarse de bienes intangibles que no están incluidos entre los bienes gravados.
2. “La Empresa” en cumplimiento con su política empresarial y obligaciones legales en la República Dominicana, así como a estándares internacionales de buenas prácticas hace uso de clausula y/o contrato de confidencialidad también conocidos como NDA (Non-Disclosure Agreement), garantizando que toda información será manejada con total respeto asegurando la protección de la información por cuanto “El Cliente” se compromete de manera reciproca a cumplir como mínimo con lo mismo.
3. “La Empresa” ofrece soluciones en materia de tecnología de la información, impositiva y legal relacionado a lo anterior, todo ello mediante licencias, módulos personalizados, API e-CF, desarrollo a la medida, implementación, soporte técnico, consultoría, asesoramiento y/o acompañamiento de los mismos, con el alto propósito de que sean una responsabilidad asumida con total seriedad.
4. “La Empresa” posee un costo operativo relativo a la actualización de soluciones, mantenimiento de infraestructura tecnológica, pago de recursos legales y humanos, así como gastos de alianzas y acuerdos estratégicos de recurrencia corta los cuales son los que permiten brindar “Lo Contratado” de manera idónea y acertada.
5. “El Cliente” está interesado en lo descrito en la “Propuesta” según los términos y condiciones estipulados por “La Empresa” tanto en la “Propuesta” o en el presente documento legal.
CLÁUSULAS
Primera: Objeto del Contrato:
1.1 “La Empresa” provee soluciones en materia de tecnología de la información que impulsen la transformación digital con el uso de tecnologías de fuentes abiertas LGPLv3, AGPL-3.0 incluida entre ellas Odoo como base fundamental de dichas soluciones, así también impositiva y legal relacionado a lo anterior, todo ello mediante licencias, módulos personalizados, API e-CF, desarrollo a la medida, soporte técnico, consultoría, asesoramiento y/o acompañamiento de los mismos, descritos en la “Propuesta” previamente aceptadas por “El Cliente” en el marco de requerimientos inicialmente expuestos por el mismo.
1.2 “El Cliente” declara haber sido informado libre y voluntariamente y acepta expresamente que las soluciones contratadas se basan en tecnologías de fuentes abiertas LGPLv3, AGPL-3.0 incluyendo Odoo, y que los servicios que son objeto del presente documento se ofrecen conforme a las licencias aplicables de dichos componentes, aplicando todo lo anterior a la sumatoria de la “Propuesta” aprobada por “El Cliente”, y se le otorga con fines operativos exclusivamente dentro del entorno local y jurisdicciones de trabajo de este.
1.3 las partes acuerdan expresamente que para cumplimiento del articulo 20 de la ley 126-02 serán utilizados los acuses de recibo que se encuentran descritos en la parte inicial del presente documento.
1.4 Este contrato ha sido presentado para revisión previa y puede ser objeto de observaciones por parte de “El Cliente” antes de su firma. Cualquier desacuerdo podrá ser ventilado inicialmente por conciliación conforme a los mecanismos de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo.
1.5 Nada en este contrato se interpretará como una renuncia por parte del Cliente a derechos legalmente irrenunciables conforme a la Ley 358-05 ni a la responsabilidad por dolo o negligencia grave.
1.6 Si cualquier cláusula del presente contrato se considerare nula o inaplicable por un tribunal competente, dicha nulidad no afectará las demás cláusulas, las cuales conservarán su validez y eficacia.
1.7 Ambas partes reconocen como válida la firma digital realizada mediante la plataforma “AR Legal", conforme a los artículos 13 al 32 de la Ley No. 126-02, y que en caso de que por cualquier razón legal o técnica no se reconozca plenamente la validez de la firma digital bajo dicha ley, las partes acuerdan que este contrato será defendible judicialmente conforme a la Ley No. 140-15 sobre el Notariado, reconociendo su ejecución voluntaria, presencia de notario y firma física o digital verificable.
Segunda: Licencias, Desarrollos y Soportes Prestados:
“La Empresa” se compromete a proporcionar y ofrecer a “El Cliente” soluciones en materia de tecnología de la información, impositiva y legal relacionado a lo anterior, todo ello mediante licencias, módulos personalizados, API e-CF, desarrollo a la medida y soporte técnico, consultoría, asesoramiento y/o acompañamientos solicitados por “El Cliente”.
Tercera: Pagos, incrementos, ajustes de acuerdo al IPC y aceptación de “Lo Contratado”:
3.1 “El Cliente” se obliga irrevocablemente al pago a “La Empresa” del monto acordado en la “Propuesta” aceptada de “Lo Contratado”, conforme a la periodicidad pactada (semanal, mensual, trimestral o anual). El ciclo de facturación inicia el día 15 de cada mes, y en caso de modalidad anual, el pago debe realizarse el primer día de enero de cada año.
3.2 “El Cliente” cuenta con la facilidad de 5 días calendarios a partir de lo establecido en el punto anterior de uso de “Lo Contratado”, entendiendo que en momentos de cualquier situación no haber podido honrar el pago en el tiempo acordado “La Empresa” brinda dicha facilidad como muestra de buena fe y compromiso alineada a la política empresarial de un servicio excepcional, luego de dicha fecha el acceso a “Lo Contratado” seria limitado sin necesidad de previo aviso.
3.3 “El Cliente” acepta que notificara mediante la plataforma “AR Legal” su aceptación de incremento de un cinco (5%) por ciento del ciclo de pago afectado de acuerdo a los puntos anteriores, entendiendo que los mismos son en virtud de que los servicios dependen de gastos continuos en infraestructura, personal operativo, recursos de indoles legales, operacionales y humanos que “La Empresa” debe sostener para garantizar el cumplimiento y estabilidad de “Lo Contratado”.
3.4 “El Cliente” acepta que el precio de “Lo Contratado” podrá ser ajustado anualmente por variación del IPC publicada por el Banco Central, debiendo “La Empresa” notificarlo con al menos 30 días de antelación mediante “La Plataforma”.
3.5 “El Cliente” acepta que dada la naturaleza tecnológica y de proveedores internacionales, los precios podrán ser expresados en dólares estadounidenses (USD) como referencia y se compromete a realizar el pago en pesos dominicanos (DOP), conforme al tipo de cambio de venta oficial del dólar estadounidense publicado por el Banco Central de la República Dominicana en la fecha de emisión de la factura.
3.6 “El Cliente” podrá exigirle a “La Empresa” su total compromiso a aplicar estos ajustes de manera razonable y transparente, basándose en el uso del índice IPC y del tipo de cambio aplicable, cuando corresponda, por cuanto acepta que dichos ajustes forman parte integral de la estructura financiera del presente contrato.
3.7 “El Cliente” declara haber sido debidamente informado mediante la plataforma “AR Legal” , por tanto acepta expresamente que el precio de “Lo Contratado” podrá ser objeto de incrementos debido al tipo de cambio de venta oficial del dólar estadounidense publicado por el Banco Central de la República Dominicana en la fecha de emisión de la factura correspondiente así como efectos inflacionarios anualmente ajenos a “La Empresa”, conforme a lo establecido en esta cláusula y a la normativa vigente en la República Dominicana.
Cuarta: la plataforma “AR Legal” y Canales De Comunicación
4.1 “La Empresa” provee la plataforma “AR Legal” novedosa de comunicaciones y gestiones seguras en función de Sistema de información emanado de la ley 126-02 y mediante el cual se gestionan todas las transacciones entre “El Cliente” y “La Empresa”, brindando flujo de interacciones eficiente y simples para comodidad de “El Cliente”.
4.2 “El Cliente” acepta que la opción principal para notificar toda transacción de cualquier índole, incluida reclamaciones, notificaciones de pago, reporte de fallo, incidente, dudas o recomendaciones será por la plataforma “AR Legal” descrita en el presente documento.
4.3 “El Cliente” reconoce que el acceso a la plataforma “AR Legal” es posible mediante subdominio que forme parte del dominio armultis.com, (ejemplo https://system.armultis.com), no obstante lo anterior y como opciones que no hacen exclusiva a dicha plataforma, “La Empresa” adiciona canales de comunicación idóneas, dichos canales alternativos serian mediante correo electrónico support@armultis.com así como la sección de HelpDesk, provistos lo anteriores para mayor opciones y en comodidad de “El Cliente” para cualquier consulta, solicitud o evento relacionado con “Lo Contratado”.
4.4 “El Cliente” acepta que la plataforma “AR Legal” constituye el medio y mecanismo válido principal para el procesamiento de gestiones relacionadas con “Lo Contratado”, siendo aceptado como medio legítimo de comunicación y gestión de gestiones recíprocas y confirmando así su compromiso de notificar sobre cualquier evento o requerimiento de manera oportuna, para dichos fines se considera como un tiempo oportuno 72 horas consecutivas, luego de recibida dicha notificación es cuando “La Empresa” procederá a gestionar lo notificado por parte de “El Cliente” dado que hasta ese momento era desconocida la eventualidad notificada y comprometiendo de esa manera a “La Empresa” a dar respuesta en un lapso no mayor a 72 horas del horario habitual definido en la cláusula siguiente.
Quinta: Horario habitual, compromiso de soporte, costos y modo de facturación del Soporte 365
5.1 “La Empresa” establece horario habitual de lunes a viernes de 9:00 AM a 5:00 PM, así como horario extendido durante la ejecución de proyectos de lunes a sábado de 8:00 AM a 8:00 PM, por tanto, se compromete en lineamiento con su política empresarial a proporcionar soporte técnico estándar durante los referidos horarios.
5.2 “La Empresa” ofrece Soporte 365 con pago de tarifas diferidas definiendo costo de US$50 por hora o fracción (1-4 horas) y US$35 USD (más de 5 horas) y “El Cliente” en el presente documento solo es informado de las tarifas específicas para dichos soportes, sin embargo, para su formalización definitiva se requiere firma separada de aceptación del mismo y para cualquier cancelación de dicho servicio no conlleva penalidad.
5.3 “El Cliente” reconoce que cualquier solicitud de soporte técnico realizada fuera del horario habitual y del horario extendido definido presente documento será considerada como parte del servicio de Soporte 365, y sujeta a las tarifas diferenciadas previamente notificadas, por cuanto podrá solicitar soporte bajo esta modalidad luego de formalizar y firmar aceptando expresamente los términos correspondientes en dicho contrato.
5.4 “El Cliente” luego de firmar el contrato hace de conocimiento que los pagos de dichos servicios serán en ciclos semanales, correspondiendo los mismo a la sumatoria total de los soportes brindados bajo esta modalidad que habrán sido notificadas mediante la plataforma “AR Legal” o correo electrónico en cada solicitud de servicio que sean habrían sido solicitadas por “El Cliente”.
Sexta: Propiedad de la Base de Datos:
6.1 “El Cliente” es el propietario y por tanto responsable del uso de la base de datos, así como de toda transacción de cualquier índole incluido monetario, impositivo o transaccional y de toda información aun sea incorrectamente utilizada por desconocimiento y que reposa en dicha base de datos.
6.2 “El Cliente” cede total autorización a la “La Empresa” para el manejo de dicha base de datos solo como encargados del debido funcionamiento, como medida de protección adecuada “La Empresa” se compromete a enviar íntegramente la base de datos en formato comprimido .zip en recurrencias periódicas (Semanales O Mensuales) permitiendo así auditorias por parte de “El Cliente” a su entero requerimiento.
Séptima: Alcance Y Limitaciones De Uso De “Lo Contratado”
7.1 “El Cliente” podrá hacer uso de “Lo Contratado” exclusivamente para sus fines operativos internos. Queda expresamente prohibido:
7.2 Transferir, sublicenciar, revender, alquilar, copiar o redistribuir “Lo Contratado” sin autorización escrita de “La Empresa”.
7.3 Modificar, descompilar o realizar ingeniería inversa sobre los componentes que forman parte de “Lo Contratado”.
7.4 Integrar “Lo Contratado” en productos de terceros sin autorización expresa.
Octava: Protección Intelectual y Uso Restringido
8.4 “El Cliente” reconoce que todos los derechos de autor, propiedad intelectual y marcas registradas de “Lo Contratado” con “La Empresa” permanecerán como propiedad exclusiva de “La Empresa” y que bajo ninguna circunstancia pueda ser interpretada de otra manera diferente.
8.5 Queda entendido entre las partes que cualquier transferencia parcial o total de estos derechos deberá ser objeto de una negociación independiente con “La Empresa”, la cual se documentará mediante contrato separado y estará sujeta a condiciones y tarifas específicas acordadas en futuros documentos legales.
Novena: SLA y Limitación de Responsabilidad ante Interrupciones
9.1 “La Empresa” garantiza SLA (Service Level Agreement) o Acuerdo de Nivel de Servicio que asegura una disponibilidad de uso de 98% durante días laborables y de 96% durante fines de semana, excluyendo mantenimientos programados y causas de fuerza mayor.
9.2 “La Empresa” en muestra de su compromiso del punto anterior ofrecerá créditos automáticos del 15% en caso de interrupciones mayores al 10% en el SLA, sin necesidad de requerimientos adicionales, cuando estos hayan sido detectados por el sistema de monitoreo interno. En caso de controversia, “El Cliente” podrá aportar pruebas complementarias mediante la plataforma “AR Legal” con un plazo razonable de 5 días calendario y de acuerdo a la severidad de lo notificado poder exigir hasta del 18% del ciclo afectado, salvo en casos de dolo o negligencia grave, en cuyo caso podrá aplicarse el régimen general de responsabilidad contractual.
9.3 “El Cliente” en virtud de los puntos anteriores asume responsabilidad total ante interrupciones de “Lo Contratado” que sean causadas por fallas en su infraestructura tecnológica incluyendo equipos de cómputo, redes o servicios de internet.
Decima: Cumplimiento y Responsabilidades Legales Nacionales E Internacionales.
10.1 “La Empresa” y “El Cliente” acuerdan regirse por las leyes de la República Dominicana y las normas internacionales aplicables, comprometiéndose a proteger la información confidencial que compartan mediante el uso de cláusulas o contratos de confidencialidad (NDA). Este contrato se regirá por dichas leyes, y en caso de relaciones con entidades extranjeras, cualquier disputa será sometida primero a mediación o arbitraje conforme a las reglas de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo o de otro centro de arbitraje reconocido internacionalmente, según acuerden las partes. Solo si estos mecanismos no resuelven el conflicto, se acudirá a los tribunales dominicanos, los fundamentos de lo anterior se basarían sobre todo en:
10.2 Ley No. 358-05, Ley General de Protección de los Derechos al Consumidor o Usuario.
10.3 Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
10.4 Ley No. 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
10.5 Ley No. 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
10.6 Ley de Firmas Electrónicas para el Comercio Mundial y Nacional (Ley ESIGN) y Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas (Ley UETA por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos De América.
10.7 Sistema europeo de reconocimiento de identidades electrónicas (eIDAS, por sus siglas en inglés).
10.8 En contratos celebrados con partes extranjeras, se podrá aplicar la ley del país de origen del cliente siempre que se acuerde por escrito, sin perjuicio de que la República Dominicana siga siendo jurisdicción subsidiaria en caso de conflicto no resuelto por mecanismos alternativos.
10.9 “El Cliente” acepta de manera inequívoca que es su total responsabilidad en casos de compartir, reenviar información del presente documento por cualquier vía o hacer uso indebido, ilegal o contrario a estas normativas, asumiendo “El Cliente" las consecuencias legales, económicas y administrativas que pudieran derivarse por lo anterior y exonerando totalmente a “La Empresa” de cualquier reclamo o sanción por parte de terceros o autoridades.
Undécima: Incumplimiento, compensaciones y procesos legales
11.1 Ambas partes acuerdan que toda invocación o uso de la presente clausula deberá ser expuesta con antelación mínima de 30 días calendario mediante la plataforma “AR Legal” y ser aceptada por las partes por la misma vía antes de que fuere a entrar en vigencia o acción misma. Como mecanismo escalonado de advertencia formal se notificara mediante la referida plataforma o bien sea enviar correos electrónicos entre las partes en búsqueda de conciliación previamente ejecución.
11.2 de igual manera las partes establecen que en caso de no cumplimiento imputable por parte de “La Empresa”, accede a una compensación máxima oscilante ente el 8 al 11% del ciclo afectado de “Lo Contratado”, en simultaneo esta compensación se aplicará sin perjuicio de otros derechos del Cliente que sean irrenunciables conforme a la legislación vigente, salvo en los casos de dolo o negligencia grave debidamente probados, en cuyo caso se atenderá lo dispuesto por la legislación aplicable, y registrando en la plataforma “AR Legal” el acuerdo arribado de compensación hecha bajo esta cláusula como constancia de su cumplimiento responsable por parte de “La Empresa” y finiquito de cualquier duda.
11.3 En caso de que “El Cliente” incurra en incumplimientos contractuales que causen perjuicio directo y/o duda del compromiso como responsabilidad asumida por “La Empresa”, incluyendo, pero no limitándose a: retrasos en pagos, falta de entrega de documentación técnica requerida, incumplimiento de obligaciones fiscales que afecten la implementación, negativa injustificada a colaborar en etapas críticas del proyecto, uso indebido de los sistemas, la plataforma “AR Legal”, violación de cláusulas de confidencialidad (NDA) o propiedad intelectual, “El Cliente” acepta el cierre de compromiso del presente documento de manera inmediata, lo cual será notificada por escrito mediante la plataforma “AR Legal” o correo electrónico registrado sin aceptar compensación como muestra de buena fe para no afectar económicamente a “El Cliente”, y en caso de afección mayor, “La Empresa” previa evaluación judicial podrá exigir el equivalente al 8% al 10% del valor del ciclo afectado de “Lo Contratado”, según la magnitud del impacto ocasionado a la misma
11.4 Las partes acuerdan que, antes de ejercer acciones judiciales, buscarán preferentemente una solución amigable mediante conciliación o arbitraje. Esta cláusula no impedirá el ejercicio de acciones legales legítimas cuando aplique conforme al ordenamiento jurídico
11.5 Las partes acuerdan que, salvo dolo o negligencia grave, toda reclamación será canalizada a través de la Plataforma “AR Legal” y de ser necesario, ante el centro de arbitraje indicado. No obstante, “El Cliente” conserva su derecho a acudir a la vía judicial en los casos permitidos por ley. Esta disposición no constituye renuncia anticipada a derechos irrenunciables bajo la legislación dominicana.
11.6 Las partes acuerdan que, en caso de que cualquiera de ellas inicie un proceso legal (sea judicial, arbitral o administrativo) con relación a las obligaciones, derechos o interpretaciones derivadas del presente contrato, y dicho proceso sea resuelto en su contra mediante decisión firme y definitiva, la parte que haya iniciado dicho proceso y resulte perdedora deberá asumir la totalidad de los gastos legales razonables y comprobables en que haya incurrido la parte ganadora, incluyendo honorarios de abogados, peritajes, tasas judiciales, costos de notificaciones y otros relacionados directamente con el litigio.
11.7 Esta disposición tiene como objetivo evitar litigios infundados o de mala fe, proteger el equilibrio económico entre las partes y servir como muestra de buena fe contractual y respeto a la resolución de controversias por vías responsables.
11.8 Toda transacción o cobro referente a dichos gastos legales y que los mismos sean reconocidos, deberá ser debidamente notificada a través de la plataforma “AR Legal”, conforme al mecanismo de notificación previsto en este contrato, otorgando un plazo razonable de cinco (5) días calendario para su conocimiento, validación y respuesta, contados a partir de la fecha de emisión de la notificación correspondiente.
Duodécima: Consentimiento para el Tratamiento de Datos Personales
12.1“El Cliente”, al utilizar la Plataforma “AR Legal” la cual, al tratarse de una plataforma de comunicación similar a WhatsApp, otorga su consentimiento libre, expreso, informado y consciente para que “La Empresa”, en calidad de responsable del tratamiento, pueda recopilar, procesar, almacenar, utilizar y, en su caso, compartir sus datos personales estrictamente necesarios para el cumplimiento del presente contrato. Esto incluye datos de contacto, metadatos de uso, archivos cargados o intercambiados a través de la plataforma, así como registros técnicos de actividad digital vinculada al servicio contratado.
12.2 Este consentimiento cumple con los requisitos de la Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos Personales, en particular:
- Artículo 3: Derecho de información previa sobre el uso de los datos, sus finalidades y destinatarios.
- Artículo 4: Consentimiento libre, expreso y consciente antes de cualquier tratamiento o cesión de datos.
- Artículo 5: Principios de licitud, calidad, proporcionalidad, confidencialidad y seguridad en el tratamiento de los datos.
12.3 Los datos recopilados serán utilizados exclusivamente para los siguientes fines:
- Operación técnica de la plataforma “AR Legal”.
- Soporte funcional y personalización del servicio.
- Cumplimiento de obligaciones contractuales y legales.
- Auditoría técnica y mejora continua de los servicios ofrecidos.
- Análisis estadístico no identificable ni invasivo de la privacidad del cliente.
12.4 “El Cliente” podrá ejercer, en cualquier momento, sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad de datos conforme a los artículos 8, 11 y 17 de la referida ley, mediante solicitud formal por la plataforma “AR Legal” o por vía electrónica validada. La Empresa dará respuesta dentro de los plazos legales establecidos.
12.“La Empresa” implementará medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos personales contra el acceso no autorizado, pérdida, alteración o divulgación indebida, y exigirá a sus terceros autorizados estándares equivalentes de confidencialidad y seguridad.
12.6 “El Cliente” podrá revocar en cualquier momento su consentimiento mediante notificación por escrito a través de la plataforma “AR Legal”. Esta revocación surtirá efecto dentro de los 30 días hábiles posteriores, sin perjuicio del cumplimiento de obligaciones legales pendientes ni de procesos técnicos indispensables para el cierre o conservación documental conforme al contrato.
12.7 Toda modificación de esta cláusula, así como cualquier política relacionada con privacidad o protección de datos, deberá ser comunicada con al menos treinta (30) días calendario de antelación a través de la plataforma “AR Legal”. El silencio del cliente no constituirá aceptación tácita.
Decimotercera: Cambios en los Términos y condiciones
Las partes acuerdan que se requiere la aceptación expresa de toda modificación a este contrato, incluyendo cambios en términos y condiciones, deberá ser aceptada por “El Cliente” o por “La Empresa” según aplique, en digital por escrito a través de la plataforma “AR Legal” o por correo electrónico verificado y de “El Cliente” considerar necesario mediante carta física dirigida a “La Empresa”; la falta de respuesta no constituirá aceptación tácita en ningún caso.
Decimocuarta: Consentimiento Informado y Validación Previa del Contrato Electrónico
14.1 Ambas partes declaran haber leído, comprendido y aceptado en su totalidad el contenido del presente contrato, incluyendo todas sus cláusulas, anexos y condiciones técnicas, económicas y legales, así como las obligaciones que derivan del mismo.
14.2 “El Cliente” manifiesta que ha recibido explicaciones suficientes y claras respecto al alcance funcional, legal y económico de “Lo Contratado”, incluyendo los elementos técnicos de la solución tecnológica ofrecida, así como de la plataforma “AR Legal”. Declara además que ha contado con un plazo razonable para solicitar aclaraciones, asistencia o asesoría legal antes de proceder a su firma.
14.3 “El Cliente” afirma que su consentimiento ha sido otorgado de manera libre, consciente, informada y sin que medie error, dolo, intimidación, coacción, presión tecnológica o asimetría informativa de ningún tipo. Reconoce igualmente que la firma se realiza en condiciones de equilibrio contractual, conforme al principio de buena fe y a los artículos 1108 y siguientes del Código Civil de la República Dominicana.
14.4 Ambas partes reconocen que la plataforma “AR Legal” ofreció medios suficientes y verificables para la revisión, validación previa e identificación segura del firmante, incluyendo mecanismos de autenticación como OTP (One-Time Password), claves únicas y sistemas de trazabilidad y encriptación conforme a la Ley 126-02.
14.5 Las partes acuerdan que esta cláusula constituye prueba anticipada del cumplimiento de los requisitos esenciales para la validez del consentimiento, y servirá como medio de defensa en cualquier acción de nulidad o impugnación del contrato por supuestos vicios del consentimiento.
14.6 Esta cláusula es aplicable también a todos los documentos vinculados a este contrato, firmados electrónicamente o por medios físicos o híbridos, y prevalecerá frente a cualquier interpretación ambigua del contenido contractual.
Decimoquinta: Aceptación y validez De La Firma Digital acorde a la Ley No.126-02
15.1 Las partes acuerdan que la aceptación de los artículos 20, 21 y 22 de la Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales ocurre en el momento exacto en que los mensajes de datos arriban a “El Cliente” en su calidad de receptor, y este accede a sus canales oficiales de contacto mediante el uso de sistemas seguros de autenticación como OTP (One-Time Password) o código único, ya sea recibido a través de su correo electrónico o mediante una aplicación de generación de códigos OTP.
Dichos mensajes de datos serán enviados desde la plataforma “AR Legal” o desde una cuenta de correo electrónico autorizada del dominio “@armultis.com” (por ejemplo, “legal@armultis.com”), o bien desde el correo electrónico registrado del cliente plasmado en el presente documento, y contendrán expresiones como:
- “Nuevo documento para firmar”
- “Solicitud de firma”
- “New document to sign”
- “Signature Request”
Estas frases podrán aparecer en idioma español o inglés, indistintamente, y constituyen el aviso formal a “El Cliente” de que se requiere su intervención para ejecutar la firma digital.
Antes de hacer clic en el botón que contiene las expresiones “Firma documento” o “Sign Document” (según el idioma), el Cliente se obliga a validar que su nombre completo y su número de RNC o Cédula estén correctamente consignados en la última página del contrato. Esta revisión previa constituye una condición de consentimiento informado y verificación de identidad, y se entiende que, al momento de validar y firmar, “El Cliente” ha leído en su totalidad el contenido del contrato, comprendido sus cláusulas, con su consecuente no repudio y aceptado expresamente sus términos.
Los botones que forma parte de la intervención requerida de “El Cliente” estarán siempre diseñados con las palabras en color blanco, en un formato rectangular de fondo color naranja o púrpura.
Estas condiciones visuales y textuales constituyen elementos inequívocos de aceptación voluntaria, y su cumplimiento dentro del sistema de información denominado la plataforma “AR Legal” representa la manifestación de voluntad expresa por parte de “El Cliente”.
15.2 Las partes confirman que existe una clara intención por parte de “El Cliente” de ejecutar una firma digital legalmente válida, conforme a los artículos 13, 14, 15, 16, 17 y 28 de la Ley No. 126-02. Dicha intención se materializa cuando “La Empresa”, en su calidad de iniciador del intercambio, remite el documento digital a través de la plataforma “AR Legal”, y “El Cliente” accede al mensaje de datos reconociendo su contenido y autenticándose mediante un valor numérico único que representa su RNC o cédula de identidad, según corresponda.
Previo a hacer clic en el botón “Validar y Firmar documento” o “Validate and Sign Document”, “El Cliente” declara haber verificado por sí mismo que tanto su nombre como su número de RNC o cédula se encuentran correctamente plasmados en la última página del contrato. Al proceder con la firma, reconoce de manera implícita que ha leído y comprendido en su totalidad el contenido del presente documento, y que actúa con pleno consentimiento y conocimiento de sus obligaciones.
El valor numérico único de identificación será vinculado e insertado al lado del texto “El Cliente :”, campo destinado a la identificación digital del firmante, ubicado en la última página del presente documento, y la firma digital se considerará formalmente ejecutada cuando “El Cliente” confirme su consentimiento mediante el botón con las palabras “Validar y Firmar documento” o “Validate and Sign Document” (según el idioma), bajo las siguientes condiciones visuales:
- Palabras en color blanco,
- Un formato rectangular,
- Fondo color naranja equivalente al código hexadecimal #FF9900, o color púrpura identificado por el código hexadecimal #875A7B
Este proceso, realizado exclusivamente dentro de la plataforma “AR Legal”, constituye la ejecución técnica y jurídica de la firma digital segura, conforme a lo previsto en la Ley No. 126-02, y ambas partes aceptan su plena validez legal, y el acuerdo expreso de lo estipulado en la Cláusula Undécima del presente contrato.
15.4 Las partes reconocen que el uso de un certificado digital emitido por una entidad certificadora reconocida, como DIGIFIRMA de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, refuerza la autenticidad, trazabilidad y seguridad de la firma digital, conforme al marco normativo vigente en la República Dominicana sobre documentos electrónicos y firmas digitales.
15.5 En ese sentido, “El Cliente”, ya sea persona física o jurídica, acepta de manera voluntaria y recomendada contratar el servicio correspondiente de:
- Certificado de Firma Digital para Persona Física o Certificado de Firma Digital Institucional, cuando actúe en representación o con vínculo de responsabilidad frente a una entidad.
Asimismo, acepta que podrá cargar de manera opcional dicho certificado, junto con su clave criptográfica emitida por la entidad certificadora, en formato .zip, a través de “La Plataforma”, conforme a los protocolos definidos por “La Empresa”.
15.6 Mediante la carga de dicho archivo comprimido, “El Cliente” autoriza de manera expresa e implícita a que la firma del presente contrato pueda ser ejecutada por el sistema automatizado de la plataforma “AR Legal”, utilizando el certificado digital provisto, en representación suya y conforme a su consentimiento emitido mediante la acción de validación y firma. Dicha autorización se limita exclusivamente al presente contrato y para los fines de su formalización digital, y se considera jurídicamente válida en virtud del artículo 53 de la Ley No. 126-02.
15.7 Para los casos de personas jurídicas extranjeras o entidades domiciliadas fuera de la República Dominicana, se permite el uso de certificados digitales emitidos por autoridades de certificación reconocidas internacionalmente, incluyendo, pero sin limitarse a: el sistema europeo eIDAS, la Ley ESIGN y la UETA de los Estados Unidos, u otras entidades certificadoras que cumplan con estándares equivalentes al marco normativo dominicano.
15.8 Las partes acuerdan que la no presentación del certificado digital no afectará la validez legal, vigencia ni fuerza ejecutoria del presente contrato, siempre que se haya completado el proceso de autenticación y firma digital conforme a los mecanismos establecidos en esta cláusula y en las disposiciones anteriores de la Cláusula Décima Tercera. Su presentación será considerada una medida opcional de reforzamiento jurídico.
15.9 En caso de presentarse y utilizarse el certificado, este será tratado como parte integrante de la documentación contractual, y podrá ser utilizado como medio adicional de verificación de identidad, firma y trazabilidad electrónica.
15.10 “La Empresa” y la plataforma “AR Legal” no asumen responsabilidad alguna por el uso indebido, negligente, fraudulento o por accesos no autorizados al certificado digital o a su clave por parte de “El Cliente” o terceros relacionados a este, antes, durante o después del proceso de firma. Será responsabilidad exclusiva de “El Cliente” el manejo, protección y custodia de dicho certificado y clave, así como de cualquier consecuencia jurídica derivada de su uso incorrecto, y en ningún caso se podrá imputar a “La Empresa” responsabilidad alguna por tales actos.